Artículo 22 del REGLAMENTO DE LA LEY DE FILMACIONES DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Director General es el encargado de poner en marcha, mantener al día y actualizar los Registros. Esos Registros deben tener la información que se necesite para que se cumplan bien los objetivos de la Ley. Pero también tienen que respetar lo que dicen otras leyes sobre transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales de la Ciudad de México. En otras palabras, aunque los Registros tengan datos importantes, no pueden violar tu derecho a saber o a que tu información personal esté protegida.
Texto oficial
Artículo 22.- La instalación, operación y actualización de los Registros estará a cargo del Director General y contendrán la información necesaria para contribuir al cabal cumplimiento de los objetivos de la Ley, sin perjuicio de lo previsto por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y Ley de Protección de Datos Personales, ambas del Distrito Federal.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.