Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 43 del REGLAMENTO DE LA LEY DE FILMACIONES DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres filmar en calles o avenidas de la Ciudad de México que estén controladas por el gobierno local, puedes pedir un permiso urgente. Ese permiso se solicita a la Comisión encargada máximo 24 horas antes de la filmación, sin necesidad de hacerlo con más anticipación. Para pedirlo, debes llenar un formato especial llamado "Formato Único de Permiso Urgente" y cumplir con los mismos requisitos que pide el artículo 30 de este reglamento. Básicamente, es un trámite rápido para no esperar días, pero igual debes presentar toda la documentación necesaria.

Texto oficial

Artículo 43.- Los interesados podrán solicitar a la Comisión la autorización de Permisos urgentes para realizar filmaciones en vías de tránsito vehicular que se encuentren bajo la jurisdicción de las autoridades del Distrito Federal, en un plazo no mayor de 24 horas anteriores a la filmación. La solicitud deberá ser presentada ante la Comisión mediante Formato Único de Permiso Urgente, que deberá cubrir los requisitos que señala el artículo 30 del presente Reglamento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.