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Ley
REGLAMENTO DE LA LEY DE FILMACIONES DEL DISTRITO FEDERAL
Artículo
46

Artículo 46 del REGLAMENTO DE LA LEY DE FILMACIONES DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el permiso para filmar de urgencia no es aprobado, la Comisión te dará una respuesta por escrito explicando por qué te lo negaron. Esa respuesta debe estar bien explicada (con razones claras y basadas en las reglas). Además, te tienen que avisar oficialmente de esa decisión.

Texto oficial

Artículo 46.- En caso de que no proceda el Permiso de Filmación Urgente, la Comisión emitirá la resolución de carácter negativo debidamente fundada y motivada, que se hará del conocimiento del interesado. CAPÍTULO TERCERO DE LAS FILMACIONES EN EL CENTRO HISTÓRICO

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE LA LEY DE FILMACIONES DEL DISTRITO FEDERAL (pág. 8) ↗

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