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Artículo 20 de la LEY DE FILMACIONES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para grabar en lugares públicos de la Ciudad de México, como calles, plazas o parques, primero debes avisar a la Comisión con un Aviso de Filmación o conseguir un Permiso de Filmación. Además, tienes que estar registrado como productor, ya sea de manera temporal o permanente. Sin estos pasos, no puedes filmar legalmente en esos espacios.

Texto oficial

Artículo 20.- Para poder filmar en bienes de uso común del Distrito Federal o en la vía pública, según corresponda, es necesario haber presentado a la Comisión el Aviso de Filmación o haber obtenido el Permiso de Filmación, así como estar inscrito de forma temporal o definitiva en el Registro de Productores.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.