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Artículo 40 de la LEY DE FILMACIONES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión puede cancelar un Aviso o quitar un Permiso en estos casos: si los datos que diste son falsos, si no cumples con lo que pactaste en el Aviso o Permiso, o si cambias las condiciones bajo las que te lo dieron cuando lo renovaste. Además, esto no quita que te puedan aplicar otras multas o castigos según la ley. Básicamente, si mientes o no respetas lo acordado, te quedas sin el permiso y te pueden sancionar.

Texto oficial

Artículo 40.- La Comisión dejará sin efectos los Avisos y revocará los Permisos en los siguientes casos: I. Cuando los datos proporcionados por el solicitante resulten falsos; II. Cuando el Titular incumpla los términos y condiciones contenidos en el Aviso, Permiso, en la Prórroga o en la Modificación de Permiso, o III. Cuando durante la Prórroga del Aviso o Permiso, se varíen las condiciones en que fue otorgado el Aviso o Permiso respectivo. Lo anterior, sin perjuicio de las sanciones que procedan de conformidad otras disposiciones aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.