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Artículo 33 del REGLAMENTO DE LA LEY DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si dos resoluciones o sentencias se emitieron el mismo día, para saber cuál va primero se revisa el número de folio que les asignaron al entrar a la Secretaría. Ese orden se respeta como si fuera una lista de llegada.

Texto oficial

Artículo 33. En el caso de resoluciones y sentencias emitidas en la misma fecha, se atenderá su orden al folio de registro de ingreso ante la Secretaría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.