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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_12620/33
Ley
REGLAMENTO DE LA LEY DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL DISTRITO FEDERAL
Artículo
33

Artículo 33 del REGLAMENTO DE LA LEY DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si dos resoluciones o sentencias se emitieron el mismo día, para saber cuál va primero se revisa el número de folio que les asignaron al entrar a la Secretaría. Ese orden se respeta como si fuera una lista de llegada.

Texto oficial

Artículo 33. En el caso de resoluciones y sentencias emitidas en la misma fecha, se atenderá su orden al folio de registro de ingreso ante la Secretaría.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE LA LEY DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL DISTRITO FEDERAL (pág. 8) ↗

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