Artículo 33 del REGLAMENTO DE LA LEY DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Si dos resoluciones o sentencias se emitieron el mismo día, para saber cuál va primero se revisa el número de folio que les asignaron al entrar a la Secretaría. Ese orden se respeta como si fuera una lista de llegada.
Texto oficial
Artículo 33. En el caso de resoluciones y sentencias emitidas en la misma fecha, se atenderá su orden al folio de registro de ingreso ante la Secretaría.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.