Artículo 20 de la LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando haces una denuncia, tienes derecho a describir los bienes (como casas, terrenos, dinero, etc.) que creas que están relacionados con un delito y que aparecen en el artículo 5 de esta Ley. Es como que tú puedes señalar cuáles cosas sospechas que están involucradas, aunque no tengas pruebas firmes todavía. Esto ayuda a que las autoridades sepan desde el principio qué buscar o investigar. Solo es una suposición tuya, no una acusación definitiva.
Texto oficial
Artículo 20. En la denuncia podrá formularse la descripción de los bienes que el denunciante presuma sean de los señalados en el artículo 5 de esta Ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.