Artículo 48 de la LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El juez tiene la obligación de revisar con cuidado todos los documentos que hablen sobre los derechos de propiedad (como ser dueño de una casa) o los derechos personales sobre un bien (como tener una deuda garantizada con ese bien) que estén en disputa. Al hacerlo, debe entender de dónde viene ese derecho y cómo ha pasado de una persona a otra. Así, antes de dar su veredicto, analiza los papeles para saber quién tiene la razón sobre el bien en cuestión.
Texto oficial
Artículo 48. Los documentos que versen sobre los derechos reales o personales que se cuestionan sobre los bienes, deberán ser analizados detenidamente por el juzgador a fin de determinar el origen y transmisión de los mismos. CAPÍTULO XII DE LA SENTENCIA
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.