Artículo 21 del CÓDIGO DE ÉTICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría, junto con los Órganos Internos de Control (que son como los departamentos que cuidan el uso correcto del dinero y los recursos en cada dependencia) y los Comités de Ética, se encargarán de checar que todos sigan al pie de la letra lo que dice este Código de Ética. Cada uno revisará dentro de lo que le corresponde según sus funciones. Así nadie se puede pasar de listo.
Texto oficial
Artículo 21. Vigilancia. La Secretaría, a través de los Órganos Internos de Control en los entes públicos, y los Comités de Ética, conforme al ámbito de sus atribuciones, vigilarán la observancia de lo dispuesto en este Código de Ética.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.