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Artículo 22 del CÓDIGO DE ÉTICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría, por medio de su Dirección General de Normatividad y Apoyo Técnico, es la única que puede aclarar cómo se debe entender o aplicar este Código de Ética. Si tienes dudas sobre alguna regla del Código, ellos son los que resuelven oficialmente el significado. Esto aplica solo para asuntos administrativos, no para juicios. En pocas palabras, si algo no está claro, ellos te explican cómo interpretarlo.

Texto oficial

Artículo 22. Interpretación. Corresponde a la Secretaría, a través de la Dirección General de Normatividad y Apoyo Técnico la interpretación administrativa del presente Código de Ética.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.