Artículo 23 del CÓDIGO DE ÉTICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Tanto los trabajadores del gobierno como cualquier persona pueden reportar cuando alguien no cumpla con las reglas de ética o de conducta. El reporte se puede hacer a dos lugares: primero, al Comité de Ética, que busca prevenir problemas y puede dar recomendaciones para mejorar el ambiente en el trabajo y el servicio público. Segundo, al Órgano Interno de Control, que investiga y castiga las faltas según la ley de responsabilidades de los servidores públicos, y además puede avisar a otras autoridades si hay posibles delitos.
Texto oficial
Artículo 23. Denuncias. Cualquier persona servidora pública o particular podrá denunciar el incumplimiento al Código de Ética ante las siguientes instancias: I. Comité de Ética: Con una visión preventiva, conocerá de las denuncias presentadas por vulneraciones al Código de Ética o de Conducta respectivo y, de ser el caso, emitirá una determinación en la que podrá emitir recomendaciones en términos de los Lineamientos emitidos por la Secretaría, que tengan por objeto la mejora del clima organizacional y del servicio público; y II. Órgano Interno de Control: Deberá investigar, substanciar y sancionar la falta de cumplimiento del presente Código o del Código de Conducta correspondiente, en términos de la legislación en materia de responsabilidades administrativas, sin menoscabo de dar vista a otras autoridades por la presunta comisión de conductas delictivas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.