Artículo 23 del REGLAMENTO DE LA COMISIÓN COORDINADORA DEL SISTEMA GENERAL DE BIENESTAR SOCIAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La persona que dirige la sesión puede llamarle la atención a quien está hablando si se sale del tema, para que vuelva a lo que se está discutiendo. Si esa persona no hace caso, le quita la palabra. Si alguien interrumpe la reunión, le pide que deje de hacerlo y, si sigue, le pide que se salga del lugar. También, si ya no hay condiciones para seguir, puede parar la sesión y fijar otro día y hora para continuar.
Texto oficial
Artículo 23.- Para conducir ordenadamente las sesiones, la Presidencia podrá, según el caso: I. Apercibir a quien en uso de la palabra incurra en manifestaciones ajenas al asunto en discusión, para que retome la materia del asunto, y en caso de rebeldía, retirarle el uso de la palabra; II. Requerir a la persona que interrumpa la sesión, para que se abstenga de hacerlo, y en caso de que persista, solicitarle que abandone el lugar, y III. Cuando no existan condiciones adecuadas, suspender la sesión y determinar la fecha y hora para su reanudación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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