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Artículo 109 del REGLAMENTO DE LA LEY DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría solo va a enseñar a los Usuarios Institucionales (como oficinas o dependencias, no a personas comunes) cómo usar el Sistema, nada más. No les va a dar cursos sobre otros temas, solo lo básico para que puedan manejarlo. Esto aplica a las Alcaldías, que son parte de los Usuarios Institucionales. En pocas palabras, la capacitación es únicamente para aprender a operar el sistema, sin rollos extras.

Texto oficial

Artículo 109. La Secretaría capacitará a los Usuarios Institucionales exclusivamente respecto de la operación del Sistema. CAPÍTULO SEGUNDO LAS ALCALDÍAS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.