Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 11 del REGLAMENTO DE LA LEY DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si vas a hacer un trámite en el sistema, como pedir un permiso o avisar de algo, es tu responsabilidad como titular tener lista tu cuenta en Llave CDMX y todos los documentos escaneados que pida la ley. Esto aplica para cualquier asunto de salud, protección civil, construcciones, desarrollo urbano o reglas para tu negocio. Nadie más va a hacer eso por ti; tú eres el único encargado de tener todo listo antes de empezar.

Texto oficial

Artículo 11. Para la presentación de cualquier aviso, solicitud de permiso o autorización en el Sistema, corresponde exclusivamente a los Titulares asegurarse de contar con acceso al Sistema Llave CDMX y con los documentos digitalizados que sean necesarios para el trámite respectivo a que se refiere la Ley y los ordenamientos en materia de salud, protección civil, construcciones, desarrollo urbano y demás aplicables al establecimiento mercantil.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.