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Artículo 12 del REGLAMENTO DE LA LEY DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 12 dice que puedes mandar tus avisos o pedir permisos por el Sistema a cualquier hora y cualquier día del año, incluso fines de semana o días festivos. Pero ojo: si lo haces en un día inhábil (un día que no es laborable, como domingo o feriado), la ley cuenta como si lo hubieras entregado hasta el siguiente día hábil. Así que no te preocupes si lo envías en sábado, porque se tomará como recibido el lunes.

Texto oficial

Artículo 12. Los avisos, solicitudes de permisos o autorizaciones deberán presentarse a través del Sistema en cualquier día y hora del año; sin embargo, para efectos legales, cualquier trámite que se presente en días inhábiles se tendrá por presentado al día hábil siguiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.