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Ley
REGLAMENTO DE LA LEY DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
13

Artículo 13 del REGLAMENTO DE LA LEY DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando presentes un aviso de bajo impacto o de impacto vecinal en el sistema, tú o tu representante legal deben imprimir el acuse (el comprobante de que lo registraron) y firmarlo. Luego, tienen que poner ese papel en un lugar donde todos lo puedan ver dentro de tu negocio. Es como poner un letrero obligatorio para que tus clientes o vecinos sepan que el trámite está hecho. Si no lo haces, podrías tener problemas.

Texto oficial

Artículo 13. Una vez presentado cualquier aviso de bajo impacto o de impacto vecinal en el Sistema, es obligación de los Titulares o representantes legales imprimir el acuse y firmarlo, para luego colocarlo en un lugar visible dentro del establecimiento mercantil.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE LA LEY DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 6) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.