Artículo 115 del REGLAMENTO DE LA LEY DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando se cierra un negocio por orden de la autoridad, la Alcaldía tiene la obligación de anotar esa decisión en el Sistema y subir todos los documentos digitales que demuestren por qué se cerró. Es como si tuvieran que dejar constancia oficial de todo el proceso para que quede registrado. Esto aplica solo para cierres ordenados por la autoridad, no para cuando el dueño decide cerrar por su cuenta.
Texto oficial
Artículo 115. En los casos en los que se realice el cierre administrativo de un establecimiento mercantil, será obligación de la Alcaldía correspondiente registrar en el Sistema la resolución correspondiente, adjuntando las documentales digitalizadas que sustenten dicha determinación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.