Artículo 124 del REGLAMENTO DE LA LEY DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que, como cliente, tienes derecho a que te den los productos o servicios tal como te los prometieron, siempre y cuando pagues lo acordado. También tienes derecho a que el negocio tenga las medidas de seguridad necesarias para que tú y tus cosas estén protegidos mientras estén ahí. Además, los precios de todo lo que venden o los servicios que ofrecen deben estar a la vista y en un lugar fácil de encontrar para que puedas consultarlos antes de decidir.
Texto oficial
Artículo 124. En los establecimientos mercantiles que tienen como giro principal o complementario la prestación de bienes y servicios, los clientes y usuarios, tienen derecho a: I. Recibir los servicios y bienes con la calidad y especificaciones ofrecidas, mediante el pago correspondiente; II. Que el establecimiento mercantil cuente con los servicios y dispositivos de seguridad necesarios para garantizar su integridad física y de sus bienes materiales al interior del mismo; y III. Tener a su disposición en lugares accesibles del establecimiento mercantil y a la vista los precios y tarifas tanto por los servicios, como de los productos que solicite.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.