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Artículo 20 del REGLAMENTO DE LA LEY DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Sistema va a crear un expediente digital para negocios pequeños y medianos (como tienditas, talleres o restaurantes locales) que no afectan mucho a la colonia o a la zona. Ese expediente se arma con los documentos que las y los dueños del negocio (o sus abogados o representantes autorizados) suban al sistema. No necesitas ir a una oficina ni llevar papeles impresos, todo queda guardado en línea.

Texto oficial

Artículo 20. Tratándose de establecimientos mercantiles de bajo impacto, impacto vecinal e impacto zonal, el Sistema generará un expediente electrónico integrado por la documentación ingresada por los Titulares o sus representantes legales. CAPÍTULO SEGUNDO USUARIOS INSTITUCIONALES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.