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Artículo 32 del REGLAMENTO DE LA LEY DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si cometiste un error al escribir o al capturar datos en el sistema, este artículo no es para corregir eso. El aviso o modificación solo sirve para otros propósitos, no para arreglar errores de dedo o información que tú mismo pusiste mal. Para esos casos, tienes que seguir las reglas de otra parte de este reglamento, no usar este artículo.

Texto oficial

Artículo 32. El Aviso o Modificación no tendrá como fin la corrección de errores mecanográficos o de información que haya registrado el Titular en el Sistema, bastará que el Titular se apegue a lo establecido en el apartado correspondiente del presente Reglamento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.