Artículo 52 del REGLAMENTO DE LA LEY DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Un depósito de cerveza es una tienda o local que vende chelas, pero solo en latas o botellas cerradas. No puedes abrir tu cerveza ni tomártela ahí adentro, ni siquiera en el lugar. Es como una tienda de abarrotes que solo vende cerveza para llevar, no para beber en el sitio. Si quieres comprar una cerveza fría para llevártela a tu casa, ese es el lugar indicado.
Texto oficial
Artículo 52. Se considerarán depósitos de cerveza los establecimientos mercantiles en los que se realiza la venta autorizada de estas bebidas, exclusivamente en envases cerrados, sin que se permita su consumo al interior del mismo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.