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Artículo 80 del REGLAMENTO DE LA LEY DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para renovar un permiso que ya tienes, debes pedir la revalidación dentro de los 15 días hábiles (lunes a viernes, sin contar festivos) antes de que se termine su fecha de vencimiento. Si lo solicitas después de esa fecha, la Alcaldía te va a multar según lo que dice la ley. En pocas palabras, no esperes hasta el último momento o después para renovarlo, porque te costará caro.

Texto oficial

Artículo 80. El permiso de revalidación de impacto zonal deberá solicitarse dentro de los 15 días hábiles previos al término del vencimiento de su vigencia original. En caso de presentarse o solicitarse posterior a la fecha de la vigencia original, la Alcaldía impondrá la multa correspondiente conforme a la Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.