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Artículo 95 del REGLAMENTO DE LA LEY DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Solo puedes poner cosas como sillas, mesas o botes de basura en la calle donde pasan los coches, pero únicamente en calles pequeñas (vías secundarias) y donde sí esté permitido estacionarse. Si está prohibido estacionar en esa zona, tampoco puedes dejar ahí tus enseres. Tienes que seguir lo que dice el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México y las reglas de esta Ley. En pocas palabras, no puedes obstruir la calle con tus cosas si no tienes permiso.

Texto oficial

Artículo 95. Solo se podrán colocar enseres sobre arroyo vehicular en vías secundarias, en aquellas zonas en las que no esté prohibido estacionarse, conforme al Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, siguiendo las reglas establecidas en la Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.