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Artículo 111 del REGLAMENTO DE LA LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (la dependencia de gobierno encargada del turismo) puede hacer acuerdos con otras oficinas de gobierno, ya sean federales, estatales o de alcaldías, y también con empresas o grupos sociales. El propósito de esos acuerdos es mejorar la seguridad, dar información o proporcionar ayuda médica de cualquier tipo a los turistas. Todo esto se hace para que el trabajo en equipo sea más efectivo y beneficie al turismo en general.

Texto oficial

Artículo 111. La Secretaría podrá suscribir convenios de colaboración con las dependencias y entidades públicas, locales o alcaldías, así como convenios de concertación o apoyo con los sectores social y privado que tengan como finalidad la seguridad, orientación, auxilio médico de cualquier naturaleza, relacionados con el turismo, a fin de realizar acciones conjuntas y efectivas, en beneficio de la actividad turística. CAPÍTULO XXV RECONOCIMIENTOS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 24) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.