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Artículo 112 del REGLAMENTO DE LA LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría es la que organiza el concurso para el Premio Turístico de la Ciudad de México y publica las reglas (la convocatoria). Esa convocatoria debe aparecer en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y en al menos dos periódicos importantes de todo el país. El premio se da a personas (como tú o yo) o a empresas que hayan hecho un trabajo turístico muy importante para la Ciudad de México, destacándose por ser originales y profesionales en los casos que menciona el artículo 69 de esta Ley. En pocas palabras, reconocen a quienes hacen algo extraordinario por el turismo de la ciudad.

Texto oficial

Artículo 112. La Secretaría expedirá la convocatoria para el concurso para obtener el Premio Turístico de la Ciudad de México. Dicha convocatoria deberá ser publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y cuando menos en dos de los periódicos de mayor circulación en la República Mexicana. El Premio se otorgará a las personas físicas o morales que hubiesen desarrollado una labor turística de notable trascendencia para la Ciudad de México, basada en la originalidad y profesionalismo en los casos señalados en el artículo 69 de la Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 24) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.