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Artículo 113 del REGLAMENTO DE LA LEY DE TURISMO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Pueden proponer a alguien para que reciba el premio los grupos de trabajadores del turismo (como sindicatos o asociaciones) o la misma persona que quiere el premio. En la propuesta tienes que decir de qué categoría se trata y agregar todos los datos que demuestren por qué esa persona o empresa merece ganar. Básicamente, cualquiera puede postularse o ser postulado, siempre que explique bien los motivos y entregue la información que lo respalde.

Texto oficial

Artículo 113. Las propuestas para el otorgamiento del premio podrán hacerse por organizaciones gremiales del sector turístico o por los propios interesados, mencionando la categoría de que se trate y acompañando la información necesaria para sustentar la propuesta.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 24) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.