Artículo 3 del REGLAMENTO DE LA LEY DEL NOTARIADO EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El jefe de la Dirección General Jurídica y sus equipos de apoyo van a hacer su trabajo siguiendo lo que dice la Ley del Notariado de la Ciudad de México, el reglamento interno del gobierno local y otras leyes relacionadas. Básicamente, tienen que aplicar las reglas que ya están escritas para su área. No es nada nuevo, solo recuerda que deben actuar conforme a las normas ya existentes.
Texto oficial
Artículo 3. La persona titular de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos y sus Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo ejercerán las funciones que les confiere la Ley y el presente Reglamento en concordancia con la Ley del Notariado para la Ciudad de México, el Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, y demás normativa aplicable a la materia.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.