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Artículo 3 del REGLAMENTO DE LA LEY DEL NOTARIADO EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El jefe de la Dirección General Jurídica y sus equipos de apoyo van a hacer su trabajo siguiendo lo que dice la Ley del Notariado de la Ciudad de México, el reglamento interno del gobierno local y otras leyes relacionadas. Básicamente, tienen que aplicar las reglas que ya están escritas para su área. No es nada nuevo, solo recuerda que deben actuar conforme a las normas ya existentes.

Texto oficial

Artículo 3. La persona titular de la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos y sus Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo ejercerán las funciones que les confiere la Ley y el presente Reglamento en concordancia con la Ley del Notariado para la Ciudad de México, el Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, y demás normativa aplicable a la materia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.