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Artículo 60 del REGLAMENTO DE LA LEY DEL NOTARIADO EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El notario tiene 15 días hábiles (días que no cuentan sábados, domingos ni festivos) para responder una queja que hayan presentado contra él. Si no contesta o se niega a hacerlo, la autoridad encargada le iniciará un proceso para sancionarlo.

Texto oficial

Artículo 60. El Notario contará con un plazo de quince días hábiles para dar contestación a la queja formulada en su contra, en caso de negativa u omisión en contestar, la Autoridad Competente iniciará los procedimientos sancionatorios.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.