Artículo 94 del REGLAMENTO DE LA LEY DEL NOTARIADO EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El sistema de cómputo que se usa para los procesos del colegio lo va a manejar la propia institución, siguiendo al pie de la letra lo que dice la ley, este reglamento y las reglas de uso. El colegio tiene la obligación de cuidar que toda tu información personal esté bien protegida y sea secreta, usando los mejores métodos de seguridad posibles.
Texto oficial
Artículo 94. El Sistema Informático será administrado por el Colegio con apego a lo establecido por la Ley, el presente Reglamento y las Reglas de Uso; debiendo en todo momento guardar los más estrictos estándares de confidencialidad y seguridad de la información.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.