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Artículo 111 del REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El juez primero va a verificar quiénes son las personas que piden el divorcio, pidiéndoles una identificación oficial. Luego, va a hacer un documento oficial, llamado acta, donde anote que el matrimonio ya se terminó. Finalmente, las declarará divorciadas de forma oficial.

Texto oficial

Artículo 111. Previa identificación de las personas solicitantes, la o el Juez levantará un acta en la que hará constar la disolución del vínculo matrimonial y los declarará divorciados.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.