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Artículo 131 del REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para registrar en México un matrimonio que se celebró en el extranjero, necesitas cumplir estos pasos. Primero, tienes que llevar una copia certificada del acta de matrimonio con una apostilla o legalización, que es un sello que confirma que el documento es oficial. Si el acta está en otro idioma, debe venir traducida al español por un traductor autorizado por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México. También debes comprobar que al menos uno de los cónyuges es mexicano, presentar tu identificación oficial vigente (como la credencial del INE o pasaporte) y un comprobante de domicilio.

Texto oficial

Artículo 131. Para autorizar la inscripción de registro de matrimonio de personas mexicanas efectuado en el extranjero se deberán cumplir los siguientes requisitos: I. Copia certificada del registro de matrimonio debidamente apostillada o legalizada; II. En caso de que el documento se encuentre en idioma distinto al español, traducción al español por persona perita autorizada por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México; III. Documento que demuestre la nacionalidad mexicana de alguno de los contrayentes conforme al artículo 128; IV. Identificación oficial vigente en original y copia de la persona solicitante; y V. Comprobante de domicilio

Ver ley oficial en el DOF (pág. 26) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.