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Artículo 139 del REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que una solicitud sea válida, debe llevar la firma de la persona que tiene permiso para iniciar ese trámite. Si no tiene esa firma, la solicitud no se va a aceptar. Básicamente, sin la firma correcta, el documento no vale y no lo recibirán.

Texto oficial

Artículo 139. Las solicitudes deberán contener la firma de quien se encuentre autorizado para iniciar dicho procedimiento o de lo contrario no se admitirá dicha petición.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 27) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.