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Artículo 142 del REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si entregas documentos para corregir algún error y faltan datos o papeles, te mandarán un correo electrónico para que presentes lo que haga falta. Tienes 10 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni días festivos) para entregarlo, empezando a contar desde el día después de que recibas el aviso. Si no respondes en ese tiempo, la autoridad puede decidir que tu solicitud ya no es válida y la rechazarán.

Texto oficial

Artículo 142. En caso de que la documentación presentada para solicitar la corrección sea insuficiente o se advierta la falta de algún requisito, a través del correo electrónico proporcionado para tal efecto se requerirá a la persona interesada para que en un término no mayor a diez días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación, presente la documentación correspondiente. Si la persona solicitante no comparece ante la Dirección General en el término indicado, se podrá determinar la improcedencia de la solicitud.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.