Artículo 156 del REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Registro Civil de la Ciudad de México lleva una lista especial llamada "Registro de Deudores Alimentarios Morosos". Ahí se anotan, por orden de un juez, a las personas que no han pagado la pensión alimenticia por más de 90 días seguidos. Es como una lista negra para quienes deben dinero por alimentos. Si alguien no cumple con este deber, el juez puede meterlo a ese registro. Esto afecta su historial y puede traer consecuencias legales.
Texto oficial
Artículo 156. El Registro Civil tendrá a su cargo el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Ciudad de México, en el cual se inscribirán por orden jurisdiccional a las personas que hayan dejado de cumplir por más de noventa días con sus obligaciones alimentarías.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.