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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_12755/164
Ley
REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
164

Artículo 164 del REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los archivos del Registro Civil son como los baúles donde se guardan los recuerdos oficiales de cosas importantes de tu vida, como tu nacimiento, matrimonio o defunción, si vives o andas en la Ciudad de México. Ahí se registran todos esos datos para que quede constancia de quién eres y qué cambios has tenido en tu estado civil. En otras palabras, es como el libro de la vida de las personas que habitan o pasan por la ciudad.

Texto oficial

Artículo 164. Los archivos del Registro Civil son repositorios de la memoria de los hechos y actos del estado civil de las personas que habitan o transitan en la Ciudad de México.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 30) ↗

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