Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 17 del REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para ser juez o jueza del Registro Civil necesitas ser mexicano o mexicana de nacimiento y tener pleno uso de tus derechos civiles y políticos. No debes haber sido condenado por un delito grave (hecho a propósito o por descuido) ni estar enfrentando un juicio penal. Tampoco debes haber sido suspendido, despedido o inhabilitado como servidor público. Además, debes tener título y cédula de licenciatura en Derecho y al menos tres años de experiencia profesional. Por último, no puedes ser sacerdote, pastor o ministro de ninguna religión.

Texto oficial

Artículo 17. Para ser Juez o Jueza del Registro Civil se deben cumplir con los siguientes requisitos: I. Ser de nacionalidad mexicana por nacimiento en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos; II. No haber sido condenada por sentencia irrevocable como responsable de un delito doloso o culposo calificado como grave por la Ley, ni estar sujeto a proceso penal; III. No estar suspendida ni haber sido destituida o inhabilitada por resolución firme como persona servidora pública en términos de las normas aplicables; IV. Contar con título y cédula profesional de licenciatura en derecho y tres años de práctica profesional; y, V. No ser persona ministra de algún culto religioso.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.