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Artículo 26 del REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Dirección General será la encargada de dar el visto bueno a los programas de capacitación, actualización y evaluación. Para hacer que esos programas tengan temas más especializados, la Persona Titular puede ponerse de acuerdo y trabajar junto con otras oficinas del gobierno local.

Texto oficial

Artículo 26. La Dirección General aprobará los programas de actualización, capacitación y evaluación; para ello, con la intención de especializar los contenidos, la Persona Titular podrá coordinarse con las demás dependencias, unidades administrativas, órganos desconcentrados y unidades administrativas de apoyo técnico operativo de la Administración Pública local. Capítulo IV Procedimiento de suplencia por ausencia de los Jueces

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.