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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_12755/25
Ley
REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
25

Artículo 25 del REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los jueces y secretarias de juzgado tienen la obligación de tomar y pasar cursos de actualización cada año, además de aprobar exámenes. Si no cumplen con esto, les pueden aplicar multas o castigos según lo que diga la ley.

Texto oficial

Artículo 25. Es obligación de los Jueces y Secretarias de Juzgado participar y aprobar los cursos de actualización y/o capacitación y evaluaciones anuales. El incumplimiento a esta disposición dará lugar a las sanciones correspondientes previstas en la normativa aplicable.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 11) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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