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Artículo 38 del REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un trabajador del Registro Civil comete un error o no hace algo que debería hacer, lo van a castigar según lo que dicen las leyes de la Ciudad de México. Esto no quita que también pueda tener problemas legales de otro tipo, como pagar una multa, ser despedido o hasta ir a la cárcel, si es que aplica.

Texto oficial

Artículo 38. Las faltas u omisiones que cometan las personas servidoras públicas del Registro Civil, serán sancionadas en los términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México y del presente Reglamento, sin perjuicio de la responsabilidad civil, administrativa o penal, que corresponda. Capítulo VII Certificación de actos del estado civil de las personas y apéndices

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.