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Artículo 73 del REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El certificado de nacimiento sirve como prueba oficial del día, hora y lugar donde naciste, y también de quién es tu mamá, excepto en casos de maternidad subrogada (cuando otra mujer tuvo al bebé). Si el certificado tiene algún error en el nombre, apellido o edad de tu mamá, o falta algún dato, se puede corregir con el acta de nacimiento de ella. Para arreglarlo, no necesitas pedir una fe de erratas (corrección por escrito) al hospital o clínica donde naciste. Solo se pone la información correcta en el registro de nacimiento.

Texto oficial

Artículo 73. El certificado de nacimiento hará prueba plena del día, hora y lugar en que ocurrió el nacimiento, así como de la identidad de la madre salvo los casos de maternidad subrogada. En caso de que los documentos de mérito presenten algún error ortográfico en el nombre o apellidos de la madre, edad u omisión y se compruebe el dato correcto con su registro de nacimiento de la madre, se deberá asentar la información correcta en el registro de nacimiento, sin solicitar fe de erratas del Hospital o Clínica.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.