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Artículo 8 del REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si no cumples con lo que dicen los artículos 5 y 6, tu registro se va a cancelar por completo. Además, el juez que aprobó ese registro puede recibir multas o castigos por parte del gobierno, o incluso ir a la cárcel. Esto quiere decir que el registro se anula sin importar si el juez también es sancionado.

Texto oficial

Artículo 8. El incumplimiento a lo establecido en los artículos 5 y 6 tendrá como consecuencia la nulidad del registro, con independencia de las sanciones administrativas y/ o penales que correspondan para el Juez que hubiere autorizado dicho acto. Capítulo II Organización y atribuciones del Registro Civil

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.