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Ley
REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
9

Artículo 9 del REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Registro Civil de la CDMX lo maneja la Dirección General, que es una oficina que depende de la Consejería Jurídica. También hay juzgados especiales y módulos de registro para que puedas tramitar actas de nacimiento, matrimonios o defunciones. Todos estos lugares trabajan juntos para hacer los trámites del registro de las personas.

Texto oficial

Artículo 9. El Registro Civil de la Ciudad de México estará a cargo de la Unidad Administrativa denominada Dirección General, adscrita a la Consejería Jurídica, los Juzgados del Registro Civil y los módulos registrales necesarios para el desempeño de sus funciones.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 6) ↗

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