Artículo 114 del REGLAMENTO DE LA LEY DE CULTURA CÍVICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
La audiencia empieza cuando te informan cuánto costó reparar los daños que causaste en tu vehículo, según el avalúo que hizo un experto. Ese experto se llama "perito" y es quien calcula el valor de los daños. Básicamente, te dicen cuánto tienes que pagar por lo que pasó.
Texto oficial
Artículo 114. La etapa de Audiencia conforme lo establece la Ley, iniciará haciendo del conocimiento de las Personas Conductoras la conclusión y la valuación de los daños causados realizada por la Persona Perita.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.