Artículo 42 del REGLAMENTO DE LA LEY DE CULTURA CÍVICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para probar algo en un juicio, puedes usar cualquier tipo de prueba, como documentos, fotos o testimonios, siempre que sean legales. Esas pruebas solo sirven si tienen que ver directamente con lo que pasó, y su objetivo es demostrar si la persona acusada es culpable o no, o mostrar algo bueno de ella para ayudarle a la hora de que le pongan un castigo. Las pruebas que no tengan nada que ver con el caso o que sean ilegales se van a tirar a la basura de inmediato, sin siquiera revisarlas.
Texto oficial
Artículo 42. Los hechos pueden ser probados por cualquier medio, siempre y cuando sean lícitos. Las pruebas que se presenten deben estar directamente relacionadas con los hechos que originaron el procedimiento y tendrán por objeto acreditar o desvirtuar la responsabilidad de la Persona Probable Infractora o acreditar una condición personal de ésta para que sea considerada en su beneficio al momento de resolver su situación jurídica y en su caso, imponer la sanción que legalmente corresponda. Se desecharán de plano aquellas pruebas que no versen directamente sobre los hechos que dieron lugar al inicio del procedimiento o que sean contrarias a derecho.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.