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Artículo 94 del REGLAMENTO DE LA LEY DE CULTURA CÍVICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si firmaste un acuerdo para resolver una queja, ese acuerdo es válido por seis meses desde que lo firmas. Si pasa ese tiempo, y alguien no cumple, ya no puedes reclamar en ese mismo proceso; tendrías que iniciar una queja nueva desde cero. Si alguien no cumple el acuerdo durante esos seis meses, tienes quince días naturales (contando sábados y domingos) para reclamar ante el juez o jueza con quien firmaste el acuerdo. Esos quince días empiezan a contar desde el momento exacto en que la otra persona no cumplió lo acordado. Es importante que reclames rápido, porque si dejas pasar más de quince días, ya no podrás hacer nada aunque el acuerdo todavía esté vigente.

Texto oficial

Artículo 94. El convenio firmado por las partes derivado del procedimiento por queja tendrá una vigencia de seis meses a partir de su firma. Una vez transcurrido dicho plazo sólo se procederá por procedimiento nuevo de queja. Las partes tendrán quince días naturales para hacer valer el incumplimiento de convenio ante la Persona Juzgadora ante quien se celebró, a partir del momento en que surja dicho incumplimiento, siempre y cuando se encuentre dentro de los seis meses de vigencia del convenio.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 24) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.