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Artículo 12 de la LEY PARA LA RECONSTRUCCIÓN INTEGRAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Censo Social y Técnico es el primer paso para que las personas puedan entrar al proceso de rehabilitación, reconstrucción y recuperación. Este censo siempre va a estar disponible en el Portal para la Reconstrucción, que es una página de internet donde puedes consultarlo. Lo que busca es que todas las personas afectadas puedan participar y recibir ayuda del programa.

Texto oficial

Artículo 12. El Censo Social y Técnico será el inicio y buscará la incorporación de las personas al procedimiento de rehabilitación, reconstrucción y recuperación, y siempre estará disponible en el Portal para la Reconstrucción. CAPÍTULO II PLAN INTEGRAL PARA LA RECONSTRUCCIÓN

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.