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Ley
LEY PARA LA RECONSTRUCCIÓN INTEGRAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
13

Artículo 13 de la LEY PARA LA RECONSTRUCCIÓN INTEGRAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión puede cambiar o ajustar el Plan Integral para la Reconstrucción cuando sea necesario. Esto lo harán dependiendo de cómo vaya avanzando el proceso de reconstrucción. Digamos que si surge una nueva necesidad o algo no sale como esperaban, pueden modificar el plan sin problemas. Así que el plan no es fijo, sino que se va adaptando a lo que realmente se necesita.

Texto oficial

Artículo 13. El Plan Integral para la Reconstrucción podrá ser actualizado o modificado por la Comisión conforme las necesidades del proceso de Reconstrucción.

Ver texto oficial de la LEY PARA LA RECONSTRUCCIÓN INTEGRAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 3) ↗

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