Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 13 de la LEY PARA LA RECONSTRUCCIÓN INTEGRAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión puede cambiar o ajustar el Plan Integral para la Reconstrucción cuando sea necesario. Esto lo harán dependiendo de cómo vaya avanzando el proceso de reconstrucción. Digamos que si surge una nueva necesidad o algo no sale como esperaban, pueden modificar el plan sin problemas. Así que el plan no es fijo, sino que se va adaptando a lo que realmente se necesita.

Texto oficial

Artículo 13. El Plan Integral para la Reconstrucción podrá ser actualizado o modificado por la Comisión conforme las necesidades del proceso de Reconstrucción.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.