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Ley
LEY PARA LA RECONSTRUCCIÓN INTEGRAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
35

Artículo 35 de la LEY PARA LA RECONSTRUCCIÓN INTEGRAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tu negocio pequeño, mediano o micro sufrió daños en sus instalaciones o edificios, te van a enviar con la Secretaría de Desarrollo Económico de la Ciudad de México. Ellos van a revisar qué tipo de apoyos existen en los programas que ya tienen para este caso. No te dan dinero automático, pero analizan si calificas para algún apoyo. Básicamente, es el primer paso para que te orienten y te ayuden con los trámites.

Texto oficial

Artículo 35. La micro, pequeña y mediana empresas que sufrieron afectaciones en sus edificaciones serán canalizados a la Secretaría de Desarrollo Económico del Gobierno de la Ciudad de México, quien analizará esquemas de apoyo en los programas que para tal efecto emitan.

Ver texto oficial de la LEY PARA LA RECONSTRUCCIÓN INTEGRAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 5) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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