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Artículo 101 de la LEY DE CULTURA CÍVICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si los conductores de los autos chocados se ponen de acuerdo, tienen que escribir en un papel los términos del arreglo. Quien acepte ser el culpable de los daños no recibirá las multas que menciona el artículo 33 de esta ley. A los demás conductores que no tengan la culpa, les devolverán sus carros sin hacerles más vueltas ni trámites.

Texto oficial

Artículo 101.- Cuando las personas conductoras involucrados lleguen a un acuerdo, se hará constar por escrito el convenio respectivo y se eximirá de la imposición de las sanciones a que se refiere el artículo 33 de este ordenamiento a quien acepte la responsabilidad o resulte responsable de los daños causados. A la o las personas conductoras que no resulten responsables de los daños, les serán devueltos sus vehículos sin mayor trámite.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.