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Artículo 111 de la LEY DE CULTURA CÍVICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En cada juzgado, las y los jueces trabajan por turnos, con diferentes equipos de personas, para que el servicio esté disponible las 24 horas del día, los 365 días del año. Esto significa que nunca se cierra: hay alguien atendiendo en todo momento, incluso de noche, fines de semana y días festivos. Así se garantiza que cualquier asunto urgente pueda ser revisado sin importar la hora o el día.

Texto oficial

Artículo 111.- En cada Juzgado actuarán Personas Juzgadoras en turnos sucesivos con diverso personal, que cubrirán las veinticuatro horas de todos los días del año.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 25) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.